La doble delegación, cuestionamiento y ruptura

El pasado jueves, en su exposición para el Laboratorio del Procomún, Antonio Lafuente puso sobre la mesa de debate un concepto de gran utilidad para pensar la relación del conjunto de la sociedad, de los ciudadanos, del pueblo soberano, de la gente del común, con el poder, la autoridad y con el conocimiento: se trata del concepto de la doble delegación.

La primera delegación se produce en dirección del pueblo soberano a los representantes políticos. Una primera instancia de delegación es el voto político para la representación parlamentaria, que constituye un eje vertebrador para la democracia representativa.

La segunda delegación, la hacen los ciudadanos cuando transfieren a los científicos y expertos, la capacidad para establecer y definir las dimensiones de los fenómenos naturales y sociales. Muchos de estos fenómenos, la mayoría de los que nos preocupan, son considerados como “problemas”, y por el mismo acto de la segunda delegación esperamos de los científicos y expertos las “soluciones”.

Un ejemplo de esta segunda delegación, lo voy a realizar ahora mismo: cuando consulto a la RAE el significado de la palabra “delegación”. Acudo a una fuente de “autoridad” (a la que por cierto voy a cuestionar unos párrafos más adelante), ante la necesidad apremiante de encontrar un consenso con los lectores sobre el concepto y poder seguir la disertación.

Según la RAE, “delegación” es la acción y efecto de “delegar” que a su vez consiste en una acción de vertiente doble e interconectada: “dar a otra la jurisdicción para que tiene por su dignidad u oficio, para que haga en sus veces o para conferirle su representación”.

¿Qué problemática presenta esta definición (en en general todas las definiciones de la RAE) cuando la examinamos con la lupa crítica a la luz de los nuevos fenómenos sociales?

Parece que se admite que en la “delegación” hay una transferencia de poder de alguien que lo detenta, no por razones netamente políticas o económicas, sino por su mera “dignidad”. Parece que hay un pacto entre ambas partes, la que detenta un derecho “natural” de autogobernarse y aquella en la que se delega. Esto se estableció así en el siglo XVIII como una condición previa para generar y mantener la paz social.

Ahora bien, como recuerda Richard Stallman sobre cuando habla del copyright respecto al software libre:

¿Fue transferido ese derecho natural para siempre?

¿Si cambian las condiciones (sociales, tecnológicas), no es necesario también modificar los términos del pacto social?

¿Qué sucede cuando la parte con derechos decide que no quiere renovar el pacto en su fórmula actual de voto cada cuatro años?

Además, ¿ha contribuido la delegación política actual a la verdadera paz social, o se han producido en los últimos doscientos años (desde las elaboraciones teóricas del contrato social) más muertes por hambre, guerra y desigualdad que nunca antes en la historia?

“Representación”: dice la RAE que, además de la acción de representar, implica una “figura, imagen o idea que sustituye la realidad”.

Y entonces, ¿qué obtiene el “representante” a condición de ejercer como esta parte en el pacto?

¿Se limita únicamente a recibir un salario o emplea su posición para mediar e interpretar con figuras e imágenes la realidad, en función de su propia visión e intereses?

Las nuevas tecnologías de la comunicación y la información y los distintos usos sociales y estrategias que distintos colectivos hacen de ellas, están contribuyendo a poner en cuestión estas dos acciones: la delegación y la representación.

En primer lugar, porque se han roto las barreras técnicas para la participación ciudadana en la gestión, control y evaluación política, que justificaban que la capacidad de voto se ejerciera una vez cada cuatro años. Se ha propuesto Internet, el DNI electrónico, los cajeros automáticos o los centros de votación automatizados como mecanismos alternativos para la toma de decisión y gobierno.

Pero lo que es mejor, para votar es necesario estar informados, y cada vez hay más libre acceso a la información y más foros donde ésta puede debatirse. Así podemos mantener el estatus quo de la segunda delegación consultando la página de la RAE o cuestionar este concepto, proceso histórico y las bases sobre las que se asienta escribiendo un post en este blog o generando en la Wikipedia un artículo donde se plantee la afilada problemática que se plantea.

Se cuestiona así la legitimidad de científicos y expertos como los únicos agentes sociales productores de conocimiento.

Ahora es necesario seguir investigando qué otras propuestas, experiencias, proyectos y alternativas existen fuera del ámbito digital para el retorno a la soberanía y la participación en la gestión del gobierno y del conocimiento. ¿Qué fenómenos se dan en el ámbito del cuerpo, del medio ambiente o de la ciudad?

Nuevas experiencias están surgiendo: los foros híbridos para la construcción colectiva de conocimiento y planificación salud, la Investigación y Acción Participativa en las ciencias sociales para la creación de nuevas políticas sociales, o los presupuestos participativos para decidir cómo se distribuyen los fondos procedentes de impuestos.

Seguiremos informando…

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